Aviso sobre la Emisión de las «Medidas de Gestión de Proyectos de Divulgación Científica del Distrito de Huangpu, Shanghai (Versión de Prueba)»
A todas las unidades pertinentes:
Con el fin de contribuir a construir un marco de desarrollo de la divulgación científica colaborativo que involucre al gobierno, la sociedad y el mercado, fomentar que las organizaciones sociales lleven a cabo actividades de divulgación científica y estandarizar la gestión de los proyectos de divulgación científica, la Asociación de Ciencia y Tecnología del Distrito de Huangpu ha formulado las «Medidas de Gestión de Proyectos de Divulgación Científica del Distrito de Huangpu, Shanghai (Versión de Prueba)» de acuerdo con las leyes y regulaciones pertinentes. Estas medidas entrarán en vigor a partir del 2 de enero de 2026.
Medidas de Gestión de Proyectos de Divulgación Científica del Distrito de Huangpu, Shanghai (Versión de Prueba)
Capítulo I: Disposiciones Generales
Artículo 1 Para fortalecer aún más la gestión de los proyectos de divulgación científica en el Distrito de Huangpu, apoyar y fomentar las actividades de divulgación científica en toda la sociedad, promover el desarrollo de la capacidad de divulgación científica regional y garantizar el desarrollo sostenido y estable de las iniciativas de divulgación científica, se formulan estas medidas en base a las leyes, regulaciones y documentos de política nacionales y municipales pertinentes, y considerando las condiciones reales del distrito.
Artículo 2 El término «Proyecto de Divulgación Científica» en estas medidas se refiere a los proyectos solicitados y que reciben financiación de la Asociación de Ciencia y Tecnología del Distrito de Huangpu (en adelante, la Asociación del Distrito) con el propósito de avanzar en el trabajo y desarrollo de la divulgación científica del distrito.
Artículo 3 La Asociación del Distrito es el departamento organizativo y administrativo de los proyectos de divulgación científica, responsable de la gestión de proyectos, gestión de fondos, supervisión, inspección y evaluación de desempeño. La unidad ejecutora del proyecto es la entidad responsable de la implementación del proyecto y el uso de los fondos, cumpliendo con sus deberes en la solicitud, organización, implementación, solicitud de aceptación y uso de fondos del proyecto, y aceptando la supervisión e inspección de la Asociación del Distrito sobre la ejecución del proyecto.
Artículo 4 Categorías de los Proyectos de Divulgación Científica
La Asociación del Distrito establece las direcciones de financiación, montos y métodos para los proyectos de divulgación científica, y solicita, aprueba y gestiona proyectos del público. Las unidades solicitantes y ejecutoras de proyectos diseñan y planifican planes de implementación específicos.
(1) Actividades de Divulgación Científica: Incluyendo promociones temáticas de divulgación científica, exposiciones, eventos especiales de divulgación científica, educación en ciencia y tecnología, investigación científica, competencias tecnológicas y servicios de divulgación científica.
(2) Obras de Divulgación Científica: Incluyendo cursos relacionados con la divulgación científica, operación y mantenimiento de contenido científico en nuevos medios, libros y publicaciones, obras de performance artística, obras digitales, exhibiciones y herramientas educativas, y resultados de investigación teórica.
(3) Otras Categorías: Otros proyectos que cumplan con las regulaciones pertinentes y sean aprobados para financiación por la Asociación del Distrito.
Capítulo II: Principios
Artículo 5 Principios para la Gestión de Proyectos de Divulgación Científica
(1) Principio de Apertura y Transparencia: La solicitud, aprobación, implementación y aceptación de los proyectos de divulgación científica serán abiertos y transparentes, y se anunciarán al público de manera apropiada.
(2) Principio de Financiación Selectiva: Se dará prioridad de financiación a proyectos con amplio impacto, efectos positivos integrales y aquellos que se alineen con las características y fortalezas de divulgación científica del distrito.
(3) Principio de Fondos Designados: Los fondos para proyectos de divulgación científica deben usarse estrictamente para los fines designados según el presupuesto del proyecto.
(4) Principio de Enfoque en el Desempeño: Se hará énfasis en el alcance de la cobertura de la actividad, la relevancia de las actividades y la satisfacción de los participantes; en el cumplimiento y efectividad del uso de los fondos; y en aprovechar un papel orientador y de palanca para alentar a las organizaciones sociales pertinentes a emprender proyectos de divulgación científica.
Capítulo III: Gestión de Proyectos
Artículo 6 La Asociación del Distrito publica anualmente pautas o avisos de solicitud para proyectos de divulgación científica, especificando las direcciones clave de financiación y los montos de financiación del año.
Artículo 7 Condiciones de Solicitud para Proyectos de Divulgación Científica
(1) El proyecto de divulgación científica propuesto debe cumplir con los requisitos de las pautas o avisos de solicitud y tener objetivos claros de evaluación de desempeño.
(2) El proyecto de divulgación científica propuesto debe tener un presupuesto detallado y poseer las condiciones necesarias para su implementación.
(3) El período de implementación del proyecto es generalmente de un año. Se puede solicitar una extensión en circunstancias especiales.
(4) Los proyectos que ya hayan recibido financiación especial de otros departamentos gubernamentales o subsidios de otras instituciones no serán financiados.
Artículo 8 Solicitantes de Proyectos de Divulgación Científica
(1) Los solicitantes son empresas, instituciones públicas, organizaciones sociales y otras agencias profesionales que realizan divulgación científica dentro del distrito. Los proyectos pueden ser solicitados por una sola unidad o conjuntamente por múltiples unidades. Las solicitudes de personas individuales son