El Tribunal Disciplinario del Consejo de Estado en Al-Buhaira emitió la fundamentación de su fallo en el caso contra la acusada, conocida en los medios como la «Doctora de Kafr El-Dawar», condenándola a una suspensión laboral de seis meses por cargos de revelar secretos de pacientes.

Fundamentación del Fallo Contra la Doctora de Kafr El-Dawar

La fundamentación del tribunal señaló: En conclusión, el tribunal señala que dada la importancia y gravedad del incidente que constituye la violación para la sociedad, esto ha motivado al tribunal a elaborar una explicación de sus causas, manifestaciones, medios para combatirlo y erradicarlo, en cumplimiento del rol social de las sentencias judiciales. Este rol no se limita solo a castigar a quienes se han desviado del camino correcto, sino también a dar la voz de alarma para alertar a la sociedad sobre los hechos presentados ante su sistema judicial, que obligan a la sociedad en su conjunto a enfrentarlos (sentencia del Tribunal Administrativo Supremo en el Recurso No. 43350 del Año Judicial 64, sesión del 13/6/2020).

La fundamentación continuó: Desde esta perspectiva, y dada su conexión con la realidad de la sociedad contemporánea, el tribunal señala que recientemente ha observado la propagación de un fenómeno en el que un segmento no insignificante de la sociedad utiliza lo que se llama transmisión «en vivo» o «directo» en la red social Facebook y otras plataformas de redes sociales. Cuando ocurre cualquier evento o situación que involucra a los propietarios de estas cuentas o a personas en cualquier lugar, el titular de la cuenta abre la cámara de su teléfono móvil, filma lo que él u otros están experimentando o han experimentado, y lo transmite en vivo en su página personal a través de su cuenta en estos sitios.

La fundamentación de la sentencia añadió: Esto se hace ya sea con el propósito de fama, aumentar los seguidores en sus cuentas en estos sitios, por ganancia material derivada de la difusión del video en estos sitios, por consejo, orientación y educación genuinos, para compartir con sus seguidores lo que están experimentando, o por cualquier otro propósito; estas son intenciones en los corazones de los dueños de estas páginas y cuentas conocidas solo por Dios. En consecuencia, este es un fenómeno que se ha vuelto nuevo para la sociedad egipcia debido a su violación de la santidad y privacidad de otros al filmar personas sin su consentimiento e infringir su derecho a la intimidad. Esta revolución tecnológica de los sitios de redes sociales en internet en general podría haber tenido un impacto positivo en la vida de los ciudadanos.

La fundamentación afirmó además: Sin embargo, su mal uso ha tenido un impacto negativo claro y tangible sobre otros en muchos casos, involucrando violaciones de la santidad de la vida privada de algunos individuos y, en algunos casos, cometiendo actos que podrían perturbar el orden público y la moral, o involucrar insulto, calumnia, difamación, chantaje y abuso. Se debe ejercer precaución por parte de los usuarios de estas cuentas al ejercer su derecho a publicar, porque el daño potencial debe sopesarse frente a cualquier beneficio que pueda surgir de ello. En lo que se llama una transmisión «en vivo», una persona aparece y comienza a discutir asuntos, secretos y detalles, ya sea sobre sí misma o sobre otros (si es que son ciertos en primer lugar y no fabricados), que no debería haber mencionado a la vista del público, por respeto a la santidad y privacidad de la vida de los ciudadanos y por las tradiciones y costumbres sociales observadas en la sociedad egipcia.

Continuó: Por lo tanto, el tribunal insta a todos los miembros de la sociedad, incluidos los empleados, a utilizar internet en general y los sitios de redes sociales en particular dentro de los límites y el alcance del propósito para el que fueron lanzados: la transferencia fácil y rápida de información y datos, y la comunicación fluida y rápida entre todos, especialmente a la luz de la apertura, la facilidad del flujo de información y la revolución tecnológica en la transmisión de datos que experimenta la comunidad global. El objetivo no debería ser que los usuarios de estos sitios tengan objetivos que involucren obscenidad o mera difamación de la reputación discutiendo hechos y asuntos de los que no se debería hablar o profundizar, ya sea desde una perspectiva ética, religiosa o legal, violando la santidad y los secretos de otros al transmitirlos públicamente para atraer y aumentar las visualizaciones para los usuarios de estas cuentas en estas plataformas.

En cuanto a la tercera violación atribuida a la acusada, la Doctora de Kafr El-Dawar, que implica que ella afirmó falsamente ser especialista en obstetricia y ginecología a pesar de ser solo una médica con fellowship (formación posbásica) en obstetricia y ginecología. Esto conlleva engañar y defraudar a la audiencia de pacientes con una descripción profesional contraria a la verdad, además de competencia desleal con otros médicos especializados, según lo demostrado en el informe de verificación del caso preparado por la Administración de Tratamiento Privado de Kafr El-Dawar.