La Autoridad General de Alimentos y Medicamentos ha presentado el borrador de la «Norma del Golfo para Patatas Fritas Ultracongeladas» a través de una plataforma de consulta pública, como parte de sus esfuerzos por desarrollar legislación y estándares que garanticen la calidad y seguridad de los productos alimenticios comercializados en los mercados del Golfo, en línea con las prácticas y requisitos de salud aprobados tanto a nivel regional como internacional.

La especificación propuesta, abierta a revisión y comentarios de especialistas y consumidores, define con precisión las características de las patatas fritas ultracongeladas preparadas a partir de variedades de patata fresca, destinadas al consumo directo después de fritas o precocidas. No incluye productos no fritos o no precocidos.

La especificación aclara que la forma del producto puede ser recta u ondulada, con cortes o piezas que se adhieren a dimensiones específicas. El grosor del corte varía desde 4 mm hasta más de 16 mm, clasificándose desde láminas finas hasta piezas muy grandes. La especificación también permite una variación de longitud relativa de no más del 10%, siempre que se cumplan los estándares generales de calidad.

Requisitos de Calidad y Seguridad

La especificación exige que las patatas utilizadas estén sanas, limpias y libres de defectos, brotes, daños por hongos o insectos. El proceso de fabricación debe utilizar aceites y grasas comestibles que cumplan con las especificaciones, y el producto debe estar libre de grasas parcialmente hidrogenadas y de cualquier sustancia o ingrediente que viole las disposiciones de la Sharia islámica, como los productos de cerdo y sus derivados.

Se enfatiza que el producto final debe tener un color y una textura uniformes, estar libre de olores o sabores extraños, y tener un contenido de humedad que no exceda el 76% para láminas finas, medianas y gruesas, y el 78% para láminas muy grandes.

Control de Contaminantes Fúngicos

La especificación incluye límites máximos para residuos de plaguicidas, contaminantes y toxinas fúngicas, además de establecer controles para los niveles de radiación permitidos en el producto, garantizando que no existan riesgos para la salud de los consumidores.

Especifica porcentajes precisos para defectos visuales como roturas, decoloración o defectos resultantes de la fritura, permitiendo niveles mínimos que no afecten la calidad del producto.

Envasado y Etiquetado Alimentario

La Autoridad confirmó que la especificación requiere que las fábricas utilicen materiales de envasado seguros, que mantengan la calidad del producto y prevengan la contaminación, el secado o la adquisición de olores o colores extraños durante el almacenamiento y la distribución.

Obliga a que la etiqueta alimentaria incluya información clara sobre la forma del producto, el tipo de aceite utilizado para freír, cualquier aditivo alimentario si está presente, la información nutricional, la fecha de caducidad y la declaración «Mantener a una temperatura no superior a -18°C hasta el consumo».